Sobre personerías e inequidades

Es claro el 14 bis de la Constitución cuando nos dice literal y taxativamente “organización sindical libre y democrática, reconocida con la simple inscripción en un registro especial” para tener que haber inventado otra cosa para zafar y privilegiar siempre a los mismos que dicen ser representantes. No más privilegio para pocos que siempre son los mismos. Legislar una personería gremial más que especial para pocos representantes de los trabajadores se torna insoportablemente inconstitucional. Es decir, si cualquier gremio o sindicato carece de este tipo de cobertura jurídico-gremial, como lo es dicha personería gremial, privilegiadora y excluyente… quedará en off side, vale decir fuera de juego. En concreto, la personería gremial que sólo algunos sindicatos poseen deja a todo el resto de los sindicatos con una simple inscripción en un simple registro.

Por lo visto no son todos los sindicatos iguales por más que el encuadre sea el mismo, la especialidad sea la misma, el ramo sea el mismo, el interés colectivo sea el mismo, la actividad sea la misma, el territorio de afectación sea el mismo, el oficio sea el mismo, la industria sea la misma. Esto es así.

Un determinado sindicato, una unión de trabajadores, una asociación sindical, una federación obrera regional, una confederación de trabajadores no debe apartarse de su única finalidad creativa, asegurarle al trabajador “trabajo”. Todo lo demás sobra. Y una de las condiciones del trabajo digno es eso justamente: la oportunidad de asegurar el trabajo humano en una línea de tiempo.

La pésima ley 23.551 de Asociaciones Sindicales legislada a contrapelo durante el gobierno de Raúl Alfonsín desiguala a muchos sindicatos y privilegia a unos pocos por ese invento inconstitucional de la personería gremial.

Cualquier sindicato que no haya sido ungido con este tipo de personería especial no puede celebrar convenios colectivos de trabajo con todo lo que esto significa, como por ejemplo la no participación en comisiones paritarias entre gremios y patrones.

Por otro lado, “Libertad Sindical”… cero. Democracia sindical, menos uno.

Todo el interés colectivo del trabajo (el de los trabajadores registrados y el mundo de los trabajadores desempleados) ha quedado reducido al financiamiento para las obras sociales sindicales, al sostenimiento de mutuales de objeto solidario agotado o de centros de diversas capacitaciones, sin considerar la experiencia campo que se necesita ante todo para realmente ser del oficio.

No sirve inventar privilegios para asegurar ciertos sindicatos. Esto, primeramente, sólo beneficiará a la jerarquía sindical, mejor dicho, esto por sobre todo, sólo favorece a los altos mandos sindicales.

Haber otorgado el gobierno de Onganía el manejo de las obras sociales a los sindicatos, fue un error, del cual ya han transcurrido más de 50 años, sin modificación alguna.

Toda la Salud Pública Nacional por esta razón ha quedado desfinanciada. Tiempos antes a esta concesión de facto, los hospitales públicos de nuestro país eran calificados en primer nivel.

En tiempos del General Perón y de Eva Duarte, la salud pública incluía a todos y el dinero de la salud no se negociaba. Todas las jurisdicciones solventaban un buen servicio de salud pública, con los fondos públicos del Estado Nacional, Provincial o Municipal, sin que haya ningún otro tipo de intermediario.

Ya no hay dudas por dónde transitar para que los argentinos volvamos las cosas al lugar del que nunca debieron mudarse.

Italo Selser
italoselser@huellas-suburbanas.info