El peronismo y los servicios públicos

“Los servicios públicos pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los que se hallaren en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo determine”

“El precio por la expropiación de empresas concesionarias de servicios públicos será el del costo de origen de los bienes afectados a la explotación, menos las sumas que se hubieren amortizado durante el lapso cumplido desde el otorgamiento de la concesión, y los excedentes sobre ganancia razonable, que serán considerados también como reintegración del capital invertido”. Constitución de la Nación Argentina 1949. Artículo 40. Párrafos 3 y 4.

Todas las fuentes naturales de energía son propiedad de la Nación.

Es el Estado el que construye las represas, centrales nucleares, coloca los cableados y tuberías desde el origen de las fuentes de energía y las interconexiones hasta los pueblos, parques industriales y ciudades.

Son los obreros y técnicos argentinos los que mantienen el funcionamiento operativo y administrativo de las distribuidoras locales de los servicios públicos.

No es necesaria la concesión privada de la electricidad, el agua, el gas y de las comunicaciones telefónicas, viales o ferroviarias.

Dejar que una persona o grupo financiero disponga del precio de un producto que nos pertenece y una distribución nacional que pagamos entre todos, es muy estúpido.

La administración del Estado de los servicios públicos, con la participación activa de los trabajadores organizados y el control ciudadano, es una cuestión fundamental de soberanía política.

No puede disponer un privado, nacional o extranjero, de un bien estratégico que nos pertenece como pueblo de la Nación Argentina.

Los servicios públicos son parte esencial de los Derechos Humanos, no deben tener un precio de mercado. Los costos de la distribución deben realizarse con fines sociales y productivos, como parte de las atribuciones indelegables de un gobierno soberano.

Enrique A. Viviano Hidalgo
enrique@huellas-suburbanas.info